Llega la época de la Navidad y no sólo viene acompaña de productos navideños como polvorones y turrones, o comidas y cenas en las que todo el mundo deja atrás las obligaciones profesionales para pasar un buen rato con los compañeros y amigos, también llegan los sorteos y loterías de navidad en los que todo el mundo espera, o tiene la ilusión, de tocarle algún pellizco para algún que otro agujero que tapar o simplemente darse algún capricho.
Desde Guía S.L. queremos hacer un repaso a la tributación e impuestos que debe asumir los agraciados de este tipo de sorteo.
Todos conocemos concursos de la tele como Pasapalabra o el famoso bote de Los Lobos de Boom. Poca gracia les habrá hecho a estos premiados enterarse del buen trozo del pastel que se lleva Hacienda de estos premios.
Para empezar, y antes de recibir el premio, la entidad pagadora está obligada retener un 19% a cuenta del IRPF. Después, al hacer la declaración de la renta deberá incluir el resto en la misma, suponiendo que el premio ha sido elevado, irá a la escala máxima del impuesto, con lo que al final del premio original Hacienda se habrá llevado casi el 50% del total.
Es necesario aclarar que existen diferencias cuando el premio es en metálico o en especie.
Premios en metálico
Todos estos tributan en la declaración de la renta, pero depende de dos factores: la cuantía del premio y del resto de tus ingresos.
Estos premios son ganancias patrimoniales a incluir en la base imponible general, para entendernos, se sumará a tu salario para tributar al tipo general.
¿Tienen algún tipo de retención estos premios? La respuesta es que sí. El organizador se encargará de retener el 19%. Esto no es más que un adelanto a cuenta de lo que tendrás que pagar al hacer la declaración
Premios en especie
La situación cambia cuando el premio no es en dinero, como coches, inmuebles o electrodomésticos.
En este caso, Hacienda va a valorar el premio en especie y será ese valor el que se integre en tu declaración de la renta. El inconveniente o problema que surge con estos premios es la falta de liquidez para afrontar el pago del impuesto, puesto que lo se recibe es un bien y no dinero. Es probable que tengas que deshacerte de parte del premio en especie para afrontar esa deuda con hacienda, sumándole a esto el problema de la depreciación de los bienes una vez que salen al mercado.
Loterías y Apuestas del Estado
Caso distinto son las apuestas del estado organizadas por la ONLAE. Este tipo de premios se rigen por una tributación especial.
Hacienda se quedará con un 20% de lo que supere el mínimo exento. Este mínimo ha ido subiendo desde los 10.000 euros de 2018 hasta alcanzar los 40.000 euros en 2020.
Para este año, en 2019, los premios de hasta 20.000 euros estarán exentos de tributar en el IRPF.
Por lo tanto, si has sido uno de los agraciados del gordo de la lotería de la navidad que asciende a 400.000 euros por décimo, cobrarás un total de 400.000 -{ (400.000-20.000)*20%} = 400.000 – 76.000 = 324.000 euros.
Esto cambiará en el sorteo del niño del próximo enero de 2020, situándose el mínimo exento en 40.000 euros.
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